Manteniendo la Residencia en los Estados Unidos, 1 de febrero

Los residentes permanentes pueden viajar fuera de Estados Unidos, y en viajes temporales o breves, y esto usualmente no afecta  su estatus de residente permanente.  La regla general  es, que no puede ausentarse de los  Estados Unidos más de un año.

Si usted planea estar fuera de Estados de Unidos más de un año, es recomendable que primero, aplique para un permiso de re-entrada llenando el formulario I-131.  Obteniendo un permiso de re-entrada, antes de salir de Estados Unidos, le permite, a un residente permanente o condicional, entrar a Estados Unidos,  mientras dure la validez del permiso, sin necesidad de obtener una visa de residente que regresa de la Embajada o Consulado.  Favor note que esto no garantiza la entrada a Estados Unidos a su regreso; primero tiene que determinarse que es admisible; sin embargo, le ayudará a establecer su intención de residir permanentemente en Estados Unidos.

Si permanece fuera de Estados Unidos, por más de 2 años, cualquier permiso de re-entrada otorgado antes de su salida de Estados Unidos, habrá expirado.  En este caso, es recomendable que aplique para una visa de residente que regresa (SB-1) en la Embajada/Consulado de Estados Unidos más cercana. Un solicitante de visa SB-1,  deberá establecer la elegibilidad para una visa de inmigrante y necesitará examen médico.

Hay una excepción a este proceso para el cónyuge o hijo, o cualquier miembro de las Fuerzas Armadas o empleado civil del Gobierno de Estados Unidos establecidos oficialmente en el extranjero. Si la aplicación para residente que regresa es aprobada por un oficial consular, la Sección Consular le enviará información detallada de cómo proceder para aplicar para la visa.  Para más información sobre visa de residente que regresa, ver el enlace el Departamento de Estado, sobre residente que regresa.

Además, las ausencias de Estados Unidos de seis meses o más pueden interrumpir la residencia requerida para la  naturalización. Si su ausencia es de un año o más y desea conservar su residencia continua en Estados Unidos para fines de naturalización, debe llenar  el formulario formulario N-470, es decir la aplicación para Preservar la Residencia con fines de naturalización.